La solicitud se realiza con una antelación minima de 40 dias habiles antes del comienzo de las prácticas
Formulario de Solicitud
Para poder pedir la exención de la fase de formación en empresa u organismo equiparado, indicar que:
- En caso de exención parcial, las horas de la fase de formación en empresa u organismo equiparado se reducirán conforme a la estimación de horas correspondientes a los resultados de aprendizaje de los que el alumnado quede exento.
NORMATIVA DE APLICACIÓN
Artículo 25 y 26 de la Orden de 26 de septiembre de 2025, por la que se regula la fase de formación en empresa u organismo equiparado de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
La solicitud de exención, así como la documentación acreditativa, se presentará en la secretaría del centro docente (presencial o electrónica, a través de la Secretaria Virtual de los Centros Andaluces) donde el alumnado se encuentre matriculado y a las mismas se adjuntará la siguiente documentación:
- Para las personas trabajadoras asalariadas:
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
- Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad
- Para las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia:
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente
- Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
- Para personas becadas: Certificación de la persona responsable en la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
- Para personas voluntarias: Certificación expedida por la entidad de voluntariado en la que se hayan prestado los servicios voluntarios en la que consten, como mínimo, además de los datos personales e identificativos de la persona voluntaria y la entidad de voluntariado, la fecha de incorporación a la entidad y la duración, descripción de las tareas realizadas o funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN.
La solicitud, junto con la documentación correspondiente, deberá presentarla el interesado, al menos 40 días hábiles antes de la fecha de inicio de la Fase de Formación en la Empresa u Organismo Asimilado, del ciclo formativo de Formación Profesional Inicial en el que esté matriculado.
La solicitud debidamente cumplimentada se entregará en la SECRETARÍA del Centro o bien puede presentarse de forma electrónica, a través de la Secretaria Virtual de los Centros Andaluces
En caso necesario, el Equipo Docente del ciclo formativo podrá recabar por escrito a los interesados cuanta información complementaria consideré conveniente.
La persona que ejerza la coordinación dual de la correspondiente familia profesional del centro docente público, en colaboración con el equipo docente, valorará la documentación presentada por la persona interesada y emitirá un informe, conforme al modelo recogido en el Anexo V de esta orden. Dicho informe deberá remitirse a la dirección del centro docente en el plazo máximo de diez días hábiles desde la recepción de la solicitud completa.
RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD DE EXENCIÓN.
La persona titular de la dirección del centro docente público, a la vista del informe emitido, dictará la resolución, El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de treinta días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud en el centro docente público. Cuando la solicitud se presente en un centro docente público, la resolución se notificará directamente a la persona interesada.
RECLAMACIONES.
Contra la resolución de exención total o parcial de la formación en empresa u organismo equiparado dictada por la dirección del centro docente público las personas interesadas podrán interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. La resolución de este, que pondrá fin a la vía administrativa, deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso.


